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El Agente de Aduanas es un profesional auxiliar de la función pública aduanera, cuya licencia lo habilita ante la Aduana para prestar servicios a terceros como gestor en el despacho de mercancías. El Agente de Aduana podrá prestar sus servicios ante cualquier Aduana del país.
En los casos en que la mercancía venga con empresa de correo rápido (Courier), cuando estas superen los USD 3000 para el ingreso y salida de mercancía.
En los envíos de carga, no arribada a través de empresas de correo rápido, que superen los USD 1000 para el ingreso y USD 2000 para la salida
Todas las mercancías que se encuentren Negociadas, en los distintos acuerdos internacionales vigentes, los cuales se encuentran en: https://www.subrei.gob.cl/modulo-de-acuerdos-comerciales/
Puede importarse cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren expresamente prohibidas por la legislación vigente, como, por ejemplo: motocicletas usadas, vehículos automóviles usados (salvo las excepciones legales), asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otras.
En ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control por parte de algún servicio fiscalizador, por lo que es necesario obtenerlo, en forma previa, ante el respectivo organismo.
- Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en las normas vigentes).
- Motos y cuadriciclos con motor, usados.
- Neumáticos usados y recauchados
- Asbesto en cualquiera de sus formas
- Pornografía
- Desechos industriales tóxicos
- Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola -DDT, ENDRIN, DIELDRIN, etc.-, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, como Marihuana, hachís; del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
- Otras mercancías, que, de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar, como las que infringen la propiedad intelectual o industrial.
Dependiendo del valor de la mercancía el proceso de importación tiene dos sistemas:
a) Si el valor de la mercancía no supera los US $1.000 valor FOB: el trámite lo puede hacer personalmente el importador ante la Aduana respectiva, en forma simplificada. En este caso, el importador debe presentar los siguientes documentos:
- Conocimiento de embarque original o documento que haga sus veces, según la vía de transporte.
- Factura comercial.
- Poder notarial del dueño o consignatario para un despacho determinado, en los casos en que la persona que trámite sea un tercero.
- Vistos Buenos o Certificaciones cuando procedan.
b) Si el valor de la mercancía supera los US$1.000 en ingreso de mercancía y valor FOB, $ 2000 en salida de mercancía y en los envíos y salidas realizadas por Courier que superen los USD 3000, el importador o exportador, debe contratar un agente de aduanas. En el caso en que el desaduana miento de las mercancías deba ser encomendado a este profesional, el importador deberá entregar a éste los documentos de base que se requieren para confeccionar la Declaración de Ingreso, la que podrá ser presentada al Servicio de Aduanas, vía internet.
Respecto de los documentos de base, es necesario precisar, que existen algunos que son obligatorios para toda importación con carácter comercial, y otros documentos que se requieren sólo en determinadas ocasiones. Dentro de los documentos obligatorios para toda importación con carácter comercial se encuentran los siguientes:
- Conocimiento de embarque original, carta de porte o guía aérea, que acredite el dominio de la mercancía por parte del consignatario.
- Factura comercial original, o copia legalizada, que acredite la mercancía objeto de compraventa y sus valores.
- Lista de empaque
- Declaración Jurada del valor y sus elementos (lo proporciona el agente de aduana)
- Mandato constituido por el sólo endoso del original del conocimiento de embarque (para cada embarque) o mediante Escritura Pública, tramitada por una vez, para todos los embarques, mientras dure su vigencia.
Dentro de los documentos que se requieren sólo para ciertas operaciones de importación se encuentran los siguientes:
- Certificado de Origen, en caso que la importación se acoja a alguna preferencia arancelaria, en virtud de un Acuerdo Comercial.
- Certificado de seguros, cuando el valor de la prima no se encuentre consignado en la factura comercial
- Nota de Gastos, cuando éstos no estén incluidos en la factura comercial.
- Permisos, visaciones, certificaciones o vistos buenos, cuando proceda (los tramita la agencia de aduana)
En general se puede exportar todo tipo de mercancías, con excepción de aquellas prohibidas por la ley.
Tratamientos arancelarios especiales
http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20070228/pags/20070228161817.html#vtxt_cuerpo_T19
Personas en Situación de discapacidad:
http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20171122/pags/20171122100501.html
Donaciones
http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20171122/pags/20171122100043.html
Residentes Zona Franca
http://www.aduana.cl/aduana/site/artic/20130318/pags/20130318165020.html
MERCANCÍA |
ORGANISMO |
Armas de fuego, municiones, explosivos y sustancias químicas, inflamables y asfixiantes |
Dirección General de Movilización Nacional [www.dgmn.cl] |
Material escrito o audiovisual relativo a las artes marciales destinado a la enseñanza, sin limitación alguna, cualquiera que sea la persona, establecimiento o entidad que efectúe la operación. |
Dirección General de Movilización Nacional [www.dgmn.cl] |
Alcoholes, bebidas alcohólicas y vinagres |
Servicio Agrícola y Ganadero [www.sag.gob.cl] |
Productos vegetales y mercancías que tengan el carácter de peligrosas para los vegetales. |
Servicio Agrícola y Ganadero [www.sag.gob.cl] |
Animales, productos, subproductos y despojos de origen animal o vegetal. |
Servicio Agrícola y Ganadero [www.sag.gob.cl] |
Fertilizantes y pesticidas |
Servicio Agrícola y Ganadero [www.sag.gob.cl] |
Productos o subproductos alimenticios de origen animal o vegetal. |
Servicio Agrícola y Ganadero [www.sag.gob.cl] |
Productos alimenticios de cualquier tipo |
Servicio de Salud |
Productos farmacéuticos o alimenticios de uso médico y/o cosmético |
Instituto de Salud Pública |
Estupefacientes y sustancias psicotrópicas que causen dependencia. |
Instituto de Salud Pública |
Sustancias tóxicas o peligrosas para la salud. |
Servicio de Salud |
Elementos o materiales fértiles, fisionables o radioactivos, sustancias radioactivas, equipos o instrumentos que generan radiaciones ionizantes |
Comisión Chilena de Energía Nuclear [www.cchen.cl] |
Recursos hidrobiológicos, cualquiera sea su estado de desarrollo, incluidas las especies de carácter ornamental |
Subsecretaría de Pesca [www.subpesca.cl] |
Productos pesqueros |
Subsecretaría de Pesca [www.subpesca.cl] |
Equipos de radiocomunicaciones. Requieren autorización previa de uso de banda de transmisión |
Subsecretaría de Telecomunicaciones [www.subtel.cl] |
Restos humanos o cenizas de incineración de los mismos |
Ministerio de Salud, Hospital San Juan de Dios |
Desperdicios y desechos de pilas, baterías y acumuladores; desechos de cinc, de plomo, de antimonio, berilio, cadmio, cromo, de productos farmacéuticos, de disolventes orgánicos. |
Ministerio de Salud [www.minsal.cl] |
Especies de fauna y flora silvestres protegidas por el Convenio CITES |
Autoridad definida de acuerdo al artículo IX de la Convención [www.cites.org] |
La importación de cementos susceptibles de ser empleados en la confección de elementos de resistencia de obras públicas y edificios. |
Previo a su desaduanamiento deben presentar Certificado de Calidad, emitido por un Laboratorio de Control Técnico de Calidad de Construcción, inscrito en el Registro oficial de Laboratorios de Control Técnico de Calidad de Construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. |